Hacia una España Mejor

miércoles, abril 24, 2013

¿En qué consiste la dedicacíón exclusiva?

Desde que en 1999 en la Diputación Provincial de Alicante se comenzó a conceder la compatibilidad con las dedicaciones exclusivas, con su excelente sueldo, como el que vende churros, han sido innumerables las veces que he consultado el diccionario y tengo muy claro lo que la palabra “exclusivo/va” significa: “Que excluye o puede excluir. 2. Único, solo excluyendo a cualquier otro. Dedicación Exclusiva: La que por compromiso o contrato ocupa todo el tiempo disponible, con exclusión de cualquier otro trabajo”. Dicho esto, paso a referirme a las dedicaciones exclusivas y su compatibilidad con otras actividades concedidas en la Diputación Provincial en la actual legislatura y que afectan a cuatro diputados del PP, uno del PSOE y dos asesores del PP. Se trata, en el caso del PP a Manuel Pérez Fenoll, Manuel Aracil, Joaquín Albaladejo y Enrique Ponsoda y en el caso del PSOE se refiere a Alejandro Soler. El primero para dedicarse a su profesión de odontólogo, el segundo para trabajar en una empresa familiar de seguros, el tercero para laborar en una empresa de arrendamiento de inmuebles y el cuarto, que es alcalde de Castell de Guadalest, en una empresa familiar de fotografía y el quinto para dedicarse a sus labores de abogado. Me llama la atención el hecho de que si tienen tiempo disponible para atender o desarrollar otra actividad o trabajo no ha lugar a esta situación de exclusividad ya que queda claro que esta no le ocupa “todo el tiempo disponible” y prueba de ello es que pueden desarrollar otras tareas al margen de su actividad política. Puedo entender, pero no compartir, que cuando se trate de concejales con la condición de diputados provinciales puedan dedicarse en exclusiva a la Diputación, pero en el caso de los que ocupan alcaldías no creo que les quede mucho tiempo “disponible”• para dedicarse de pleno a la Corporación Provincial. Algunos alcaldes se han justificado argumentando que han tomado la exclusiva para de este modo cobrar de la Diputación y no de de su Ayuntamiento porque de este modo le ahorran dinero a los contribuyentes. No existe tal ahorro ya que el dinero de la Diputación también procede de los impuestos que pagan los ciudadanos. Si revisáramos algunos sueldos a lo mejor podríamos comprobar que cobran de la institución provincial porque en su Ayuntamiento cobrarían menos. En cuanto a los dos asesores del PP con dedicación exclusiva, entiendo que estos deben estar a disposición de sus diputados en todo momento. Existen sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de fecha 20-1-94, del Tribunal Supremo (TS) con 12-4-2000 y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 23-7-2002 fallando en contra de tres concejales, con dedicación exclusiva y a las cuales el Pleno de sus respectivos ayuntamientos, les concedió el poder compatibilizar su condición de concejales con dedicación exclusiva con el desarrollo de su profesión en base a que sus ocupaciones, en el caso de dos de ellos procuradores de los tribunales, podían ser consideradas como una “ocupación marginal” consideración esta que no fue admitida por los tres tribunales antes citados que dictaminaron que dichas profesiones no podían ser consideradas como “marginales”, por tanto no había lugar a concederles la compatibilidad. A este respecto les remito a la Ley 9/1991, de 22 de marzo y posteriormente en el artículo 75.1 de la Ley 11/1999, de 21 de abril, leyes que modifican parte de la Ley 75/1985, de 2 de abril, Ley de Bases del Régimen Local que regulan lo referente a la dedicación exclusiva de los cargos públicos. No hago detalle de todo ello por cuestión de espacio. En aras de la transparencia creo que ya va siendo hora, por lo reiterativo de los casos en este organismo provincial que pueden desembocar en un verdadero escándalo, de que se haga público un certificado firmado por la presidenta, dando fe el secretario general de la Diputación Provincial, en la que quede bien claro que estas compatibilidades se ajustan a derecho para evitar dudas sobre su legalidad. Sería tan necesario como conveniente. Ante todo esto yo me pregunto: ¿Por qué no lo hacen al revés? Es decir, que se dediquen en exclusiva a sus negocios particulares y que los compatibilicen con su actividad política, en este caso en la Diputación, cobrando por su asistencia a comisiones informativas y plenos. De este modo los contribuyentes se ahorrarían algún dinero. De todo esto saco la conclusión, la mía, de que se está intentando mentalizar a la opinión pública, a los ciudadanos, para que estos acepten y asuman que esto es algo normal cuando, según los tribunales, no lo es. Ante semejante espectáculo yo creo que serán muchos los ciudadanos que se habrán dado cuenta del porqué hay tantos “codazos” para ser diputado provincial.